TREND MICRO

La empresa de los E.U.A. desarrolladora de software que ofrece soluciones en contra de amenazas en la web, para la protección de datos, antivirus y seguridad en la nube nos contrató para recuperar el nombre de dominio registrado por un tercero que reproduce tanto su razón social, como su marca de casa.

Antes de iniciar el procedimiento creado exprofeso para esta clase de casos nos dimos a la tarea de investigar a la persona que registró el nombre de dominio. La investigación arrojó que esa persona contaba con mas de cien nombres de dominio registrados a su nombre, todos ellos consistían en reproducciones de marcas registradas de otras empresas, así como de variantes de esas marcas registradas a las que se les agregaba una letra adicional o una consonante adicional. Para apoyar nuestro caso presentamos junto con nuestra demanda una lista que incluía todos los nombres de dominio registrados por esa persona, así como copias certificadas de los Títulos de Registro de las Marcas reproducidas en esos nombres de dominio, con lo cual acreditamos que quien registró el nombre de dominio trendmicro.com.mx actuaba de mala fe.

Presentamos la solicitud prevista en la "Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para .MX" (LDRP) y transmitimos al titular del nombre de dominio un ejemplar de nuestra demanda. La OMPI recibió nuestra solicitud, la admitió, se la notificó al titular del nombre de dominio y nombró al experto otorgándole el plazo prescrito para emitir la resolución.

El experto consideró que las condiciones para transferir el nombre de dominio trendmicro.com.mx de su titular a nuestra representada se cumplieron, concretamente que el nombre de dominio fue registrado de mala fe, razón por la cual ordenó que el nombre fuera transferido a nuestro cliente. Este procedimiento tomó de principio a fin menos de tres meses.

La resolución dictada en este caso ha sido citada en muchos otros casos en los que se ordenó la transferencia del nombre de dominio al promovente.