La empresa de los E.U.A. desarrolladora de software antivirus nos contrató para recuperar el nombre de dominio registrado por un tercero que reproduce íntegramente su marca de casa, que es también la marca de su producto estrella.
Luego de obtener los particulares de la persona que registró ese nombre de dominio, preparamos y presentamos en línea la solicitud que corresponde de acuerdo al procedimiento creado exprofeso para esta clase de casos, conocido con el nombre "Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para .MX" (LDRP) y transmitimos al titular del nombre de dominio un ejemplar de nuestra demanda.
La OMPI recibió nuestra solicitud, la tuvo por admitida, se la notificó al titular del nombre de dominio y nombró al experto otorgándole el plazo prescrito para emitir la resolución.
El experto consideró que las condiciones para transferir el nombre de dominio pctools.com.mx de su titular a nuestra representada se cumplieron, concretamente que el nombre de dominio fue registrado de mala fe, razón por la cual ordenó que el nombre fuera transferido a nuestro cliente. Este procedimiento tomó de principio a fin no más de tres meses.