Martes, 04 Julio 2017 12:57

Una realidad disminuida (segunda parte) Destacado

realidad vitrual realidad vitrual

Vivir inmersos en una dimensión virtual significa separarnos de la realidad, aunque sea por un momento, por unas horas o… por tiempo indefinido.

Al transitar por una avenida me sorprendo al ver, de repente, que una joven que camina delante de mi, detiene su andar, inclina la cabeza, luego de unos segundos levanta la mirada hacia el cielo, como buscando en las alturas alguna imagen o señal; junto a ella otro muchacho se acerca a ese lugar y hace los mismos gestos, luego otro mas. Me pregunto: ¿Será este un lugar de culto de alguna religión? Al parecer es una tienda de conveniencia de las que hay muchas en este barrio y no veo nada que llame tanto la atención.  ¿por qué siguen llegando personas a este lugar?

La respuesta es: Pokemon-Go, Un juego de realidad aumentada.

En el artículo anterior describo el juego de realidad aumentada "Pokemon-Go", sus características y contenidos. El uso de mapas con señalamientos de lugares reales: sitios públicos, establecimientos comerciales y domicilios privados y como los participantes en el juego son dirigidos hacia estos lugares. Ahora vamos a tratar algunos aspectos legales en relación a la propiedad intelectual y los contenidos en aplicaciones de realidad aumentada.

Las condiciones de uso del juego de realidad aumentada "Pokemon-Go" establecen:

 "Al hacer que cualquier contenido del Usuario esté disponible a través de los Servicios, usted otorga a Niantic una licencia no exclusiva, transferible, sub-licenciable, mundial, libre de regalías para usar, copiar, modificar, crear obras derivadas basadas en, distribuir, publicar, publicar y distribuir su contenido del Usuario en relación con la operación y el suministro de los servicios y contenidos a usted y a otros titulares de la cuenta ".

Estos términos son muy parecidos a los usados por otras aplicaciones en sus condiciones de uso que utilizan contenidos proporcionados por los mismos usuarios. En estos términos se concede a Niantic licencia no exclusiva para el uso de los contenidos y le permite su utilización en cualquier trabajo derivado de esos contenidos e incluso sub-licenciarlos a otros usuarios.

Gracias a estas condiciones, Niantic puede hacer uso de cientos y cientos de fotos tomadas por los usuarios sin tener la obligación de pagar un centavo por su uso. Los participantes en el juego alimentan continuamente de material fotográfico que contiene tanto imágenes de personas como monumentos y edificios y este material se usa en este juego u otros para enriquecer su contenido, incluso esto explica porque Niantic usa esas fotografías en sus nuevas aplicaciones.

¿A QUIÉN PERTENECEN LOS CONTENIDOS EN ESPACIOS VIRTUALES QUE INCLUYEN PROPIEDADES PRIVADAS?

Veamos el caso del Sr. Sheridan en Estados Unidos. El Sr. Boon Sheridan, quien se dedica al diseño de páginas web, habita una casa que en otros tiempos era una Iglesia en el estado de Massachusetts y que, en los mapas de Google aparece etiquetada como recinto religioso y al que el juego de Pokemon Go designó como "gym". En consecuencia el Sr. Sheridan empezó a recibir la visita de mucha gente que, buscando al personaje de Pokemon, acudía o merodeaba su casa. El Sr. Sheridan expresó así su frustración en Twitter: "¿Con qué derecho convierten mi casa en una locación virtual? Entiendo que esto lo hace una empresa muy importante pero... ¡eso no les da derecho a decidir sobre mi casa!" Este caso generó muchos cuestionamientos acerca de los derechos de particulares sobre entornos virtuales.

Pokemon Go es solo el principio de una nueva era en el desarrollo de juegos y aplicaciones con realidad aumentada, un concepto tecnológico de grandes alcances e implicaciones que aún no se han considerado legalmente en el campo de la propiedad intelectual. El éxito de este juego basado en geo-localización puede ser la punta de lanza de una nueva generación de aplicaciones que, como suele suceder, son los "yo también" de este nuevo concepto tecnológico.

 

Con información obtenida de: WIPO MAGAZINE, por: Dr Andres Guadamuz, Senior Lecturer in Intellectual Property Law, University of Sussex, United Kingdom, Febrero de 2017.